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  • 1. Toma de datos 

    • Tratamiento personalizado y directo adecuado a las necesidades de cada cliente. 
    • Se designara a una persona que se ocupará de la recopilación y análisis de los datos tratados en cada empresa.

    2. Evaluación y diagnóstico 

    • Realización de estudio para detectar fallos en el cumplimiento de la normativa y procediendo, de este modo a su corrección para adaptar el tratamiento de los datos conforme a la LOPD. Detección del tipo de información sensible (datos personales), que trata la empresa en el ejercicio de su actividad ordinaria, así como su estructura, finalidad del tratamiento, adecuación y calidad de la misma.
    • Identificación de ficheros de la entidad.
    • Determinación de su nivel de seguridad: En relación con la necesidad de  garantizar la confidencialidad y la integridad de la información (básico, medio o alto).

    3. Inscripción de ficheros 

    • Inscripción / Modificación / Supresión de ficheros en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos.

    4. Elaboración de documentación y plan de seguridad 

    • Documento de Seguridad en el que se establecerán las normas, procedimientos y estándares encaminados a garantizar el nivel de seguridad que exige la normativa.
    • Documento de transmisión para los trabajadores.
    • Formación y concienciación del personal de la organización, protocolos de información de los procesos implantados. 
    • Garantizar la seguridad de ficheros automatizados, centros de trabajo y  personas que intervienen en el tratamiento.
    • Redacción de las cláusulas de protección de datos en impresos y formularios. 
    • Redacción de los contratos de prestación de servicios.
    • Redacción de la cláusula de aceptación de responsabilidad por parte de los usuarios.
    • Redacción de los contratos de encargo de tratamiento.
    • Solicitud de consentimiento inequívoco.
    • Modelos para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
    • Modelos de:
      • Registro de incidencias.
      • Registro de entrada / salida de soportes. 
      • Personal con acceso a datos de carácter personal. 
      • Inventario de soportes. 
      • Autorización para el tratamiento de datos personales fuera de la ubicación física de los ficheros.

    5. Adecuación a LOPD de los sistemas de videovigilancia 

    • Inscripción de ficheros de videovigilancia en la Agencia de Protección de Datos.
    • Entrega de distintivos informativos.
    • Redacción de la cláusula informativa videovigilancia según el art. 5.1. de la Ley 15/1999.